domingo, 25 de julho de 2010

CIUDADANÍA

CIUDADANÍA

El sociólogo inglés T. H. Marshall escribió un ensayo fundamental sobre el concepto de ciudadanía (Ciudadanía y Clases Sociales – 1950)
Hasta hoy existe el debate sobre su tesis, si puede ser ampliada y interpretada como una teoría general de la ciudadanía o sólo un concepto aplicable únicamente a la sociedad inglesa a que se refería. La mirada de Marshall analiza la ciudadanía desde tres puntos de vista: los derechos civiles, derechos políticos y derechos sociales. Notase, por supuesto, que así lo hace en función del desarrollo histórico de los siglos: XVIII, derechos civiles; XIX, derechos políticos y XX, derechos sociales. Fue suya la introducción distintiva de los derechos sociales. Para este inolvidable nombre de las ciencias sociales, no es posible llegarse a la ciudadanía plena sin tenerse, al mismo tiempo, esos tres tipos de derechos y sin que los mismos estén en función de la clase social a que se pertenezca. Para Marshall la ciudadanía es “aquel status que se concede a los miembros de pleno derecho de una sociedad”, lo que no excluye la desigualdad de status ni la presencia de miembros sin plenos derechos. Es un titulo que iguala sus beneficiarios en derechos y obligaciones; mas es un titulo que se conquista y se rellena progresivamente de contenido. Su evolución, según Marshall, coincidió con el capitalismo que no es un sistema de igualdad sino de desigualdad. Su legitimación, aun que pueda parecer paradoxal, apoyase en la función integradora del desigual tendiendo a una identidad y una solidaridad sobre una supuesta y tolerable desigualdad. En el Brasil tuvimos, según José Murilo de Carvalho (Cidadania no Brasil – O Longo Caminho. P.45) la herencia colonial pesando mas en la área de los derechos civiles que quedaron solo en la ley y de ella no traspasaron. El nuevo país (1822/1930) heredó la esclavitud que negaba la condición humana del esclavo; heredó la gran propiedad rural cerrada a la acción de la ley y heredó un Estado comprometido con el poder privado. Esos tres obstáculos al ejercicio de la ciudadanía civil se revelaron persistentes.
(p.219)
“Uma das razões para a nossas dificuldades pode ter a ver com a natureza do percurso que descrevemos. A cronologia e a lógica da sequência descrita por Marshall foram invertidas no Brasil. Aqui, primeiro vieram os direitos sociais, implantados em um período de supressão dos direitos políticos e de redução dos direitos civis por um ditador que se tornou popular (Getúlio Vargas). Depois vieram os direitos políticos, de maneira também bizarra. A maior expansão do direito do voto deu-se em outro período ditatorial, em que os orgãos de representação política foram transformados em peça decorativa do regime. Finalmente, ainda hoje, muitos direitos civis, a base da sequência de Marshall, continuam inacessíveis à maioria da população. A pirâmide dos direitos foi colocada de cabeça para baixo.”

La tesis de Thomas Humphrey Marshal en su correcta cronología:
1. El elemento civil, compuesto por los derechos necesarios para la libertad individual: libertad de la persona, de expresión, de pensamiento u religión, derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y derecho a la justicia;
2. El elemento político, cuyo contenido es el derecho a participar en el ejercicio del poder político como miembro de um cuerpo investido de autoridad política o como elector de sus miembros;
3. El elemento social, que abarca un amplio espectro de derechos, desde el derecho a la seguridad y a un mínimo de bienestar económico al de compartir plenamente la herencia social y vivir la vida de un ser civilizado conforme a estándares predominantes en la sociedad.
Anibal Miguel
…de las clases de sociología del profesor Felipe en la
“Faculdade de Direito de São Bernardo do Campo”

Nenhum comentário:

Postar um comentário